Real Decreto 56/2016 y la Auditoria energética
El Real Decreto 56/2016 es una oportunidad porque requiere realizar una auditoria energética. Éstas auditorías energéticas deben ser una oportunidad para mejorar la competitividad de la empresa. Si enfocamos el cumplimiento del Real Decreto a mínimos, no aprovecharemos las ventajas que implica el Real Decreto 56/2016. Pero de todas formas tendrá un coste que no le sacará provecho.
La auditoria energética se debe plantear como un punto de inicio hacia la mejora de la eficacia y eficiencia. Sirve como punto de inicio de un sistema de gestión de la eficiencia energética ISO 50001 y a la obtención de contratos de ahorro garantizados.
Se debe tener en cuenta que se trata de la transposición de la Directiva 2012/27/UE por lo que en Europa existen muchas empresas que aprovechan la auditoria energética para mejorar la eficacia y eficiencia energética y por lo tanto serán empresas más competitivas, desplazando en el mercado aquellas que no lo quieran aprovechar.
Requisitos de la auditoria energética
Las auditorías energéticas son herramientas que permite conocer su situación respecto al uso de energía, teniendo en cuenta el sector y empresa. La auditoria energética es una herramienta que impulsa medidas de ahorro y eficiencia energética.
La auditoría energética sigue las siguientes directrices:
- Se basan en datos operativos actualizados, medidos y verificados, de consumo de energía y, en el caso de la electricidad, de perfiles de carga siempre que se disponga de ellos.
- Abarca un examen pormenorizado del perfil de consumo de energía de los edificios, de una instalación u operación industrial o comercial, o de un servicio privado o público, con inclusión del transporte dentro de las instalaciones o, en su caso, flotas de vehículos.
- Fundamentadas en criterios de rentabilidad en el análisis del coste del ciclo de vida a fin de tener en cuenta el ahorro a largo plazo, los valores residuales de las inversiones a largo plazo y las tasas de descuento.
- Proporcionada y suficientemente representativa para que se pueda trazar una imagen fiable del rendimiento energético global, y se puedan determinar de manera fiable las oportunidades de mejora más significativa.
- Refleja los cálculos detallados y validados para las medidas propuestas, facilitando así una información clara sobre el potencial de ahorro.
Están obligados a realizar la auditoría energética las empresas que ocupen como mínimo a 250 trabajadores o un volumen de negocio de más de 50 y balance general de 43 milions d’euros. Per calcular el total de plantilla, hem de tenir en compte si som una empresa autònoma ,Empresa associada, empresa vinculada (Hi ha un document del Institut Català de l’Energia que ho explica)
Cal presentar cada 4 anys un Annex conforme hem tornat a fer l’auditoria energètica.
Información sobre auditoria energética y eficiencia energética.
- UNE 16247. Auditorías energéticas. Parte 2: Edificios
- UNE 216501. Auditorías energéticas. Requisitos.
- Listado de auditores energéticos ICAEN de proveedores de servicios energéticos. (certificación de edificios)